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Código Civil Artículo 1199 bis Estado de Nuevo León


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05/06/2025

Código Civil
Artículo 1199 bis.

Siempre que se otorgue un testamento ante notario público, éste en forma inmediata, dentro de los cinco días hábiles siguientes, deberá formular un aviso de testamento a la Dirección del Archivo General de Notarías y al Registro Público de la Propiedad y del Comercio, quienes a su vez remitirán tal aviso al Registro Nacional de Avisos de Testamento por vía electrónica con los datos siguientes:

I.Nombre completo del testador, es decir, apellido paterno, materno y nombres;

II.Nacionalidad;

III.Fecha de nacimiento;

IV.Lugar de Nacimiento;

V.Clave Única del Registro Nacional de Población (CURP), si lo hubiere expresado;

VI.Estado civil;

VII.Nombre completo del padre, es decir, apellido paterno, materno y nombres, si lo hubiere expresado;

VIII.Nombre completo de la madre, es decir, apellido paterno, materno y nombres, si lo hubiere expresado;

IX.Tipo de testamento, si lo hubiere expresado;

X.Lugar, fecha, y hora de su otorgamiento; y

XI.Datos de registro de la dependencia donde se depositó



Estado de Nuevo León Artículo 1199 bis Código Civil
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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,


Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias


en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


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